Ayuntamiento de Mexicali

Registro de Trámites y Servicios

CLAVE: RETYS-DPM-3
Fecha de elaboración
13 7 2022
Fecha de actualización
1 8 2022
DEPENDENCIA DEPARTAMENTO
COORDINACIÓN DE FOMENTO Y DESARROLLO ECONÓMICO Fomento Económico
NOMBRE DEL TRÁMITE O SERVICIO TIEMPO DE RESPUESTA VIGENCIA
Sistema de Apertura Rápida de Empresas 3 días Por única vez
TIPO DE USUARIO DOCUMENTO A OBTENER
Física y Moral 1.- Dictamen de Uso de Suelo 2.- Permiso de Imagen Urbana 3.- Licencia Ambiental Modalidad Operación 4.- Certificado de Equipo y Dispositivos de Seguridad
FORMATO A UTILIZAR FORMATO
http://mexicali.gob.mx/webpub/tramites/media/documents/18065f74-1cd1-4b35-ba44-a90a00b92e77.pdf
DESCRIPCIÓN

El Ayuntamiento de Mexicali, en coordinación con la Direccion de Administración Urbana, la Dirección de Protección al Ambiente y el H. Cuerpo de Bomberos, a través del Centro de Atención Empresarial (C.A.E.), de la Coordinación de Fomento y Desarrollo Económico, une esfuerzos para apoyar a Micro y Pequeñas y Medianas empresas, las cuales generan importantes contribuciones al desarrollo económico y social, constituyendo una fuente primordial de innovación y crecimiento. 

El Sistema de Apertura Rapida de Empresas (S.A.R.E.) es un Sistema de Gestión Electrónica a través del cual se simplifican 4 trámites reducidos a un “formato único”, el cual nos permite la apertura de nuevos negocios de “bajo riesgo” menores a 100 metros cuadrados, en un tiempo máximo de 72 horas.

Trámites a otorgar:

Dirección de Administración Urbana
- Dictamen de Uso de Suelo
- Permiso de Imagen Urbana

Dirección de Protección al Ambiente

- Licencia Ambiental Modalidad Operación.

H. Cuerpo de Bomberos

- Inspección.

- Certificado de Equipo y Dispositivos de Seguridad.
 

 


 

ACTIVIDADES PARA REALIZAR EN EL TRÁMITE

El S.A.R.E. consta de dos etapas que se tramitan a través de un formato único por medio de un sistema de gestión electrónica.

Etapa I: Debera presentarse de manera fisica en el Modúlo del Centro de Atención Empresarial (C.A.E.) ubicado en Palacio Municipal 1er Piso frente a la Tesorería Municipal, con el formato único y el croquis de bomberos debidamente contestado, así como los requisitos requeridos de la etapa 1, y a su vez, verificar que el giro comercial es de bajo riesgo y menor a 100 metros cuadrados para tramitar el Dictamen de Uso de Suelo en un tiempo máximo de 72 horas. 

Si el Dictamen de Uso de Suelo es positivo, debera presentarse nuevamente de forma física ante el Centro de Atención Empresarial (C.A.E.) para ingresar la documentación de la etapa 2.

II Etapa: Se gestionan los siguientes trámites en el Sistema de Apertura Rapido de Empresas (S.A.R.E.):

•        Licencia Ambiental Modalidad Operación.

•        Permiso de Imagen Urbana.

•        Certificación de Equipo y Dispositivos de Seguridad.

En caso de respuesta positiva de las dependencias involucradas en la etapa 2, se le notificara al solicitante su estatus y la fecha de entrega de los permisos físicos.

REQUISITOS ORIGINAL COPIA
DOMICILIO HORARIO DE ATENCIÓN
Palacio Municipal. Segundo Piso. Calzada Independencia 998, Centro Cívico, Mexicali B.C.
Lunes a Viernes de 08:00 a 17:00
TELÉFONOS SITIO DE INTERNET
+52 (686); 558-1600 Ext. 1882
https://www.mexicali.gob.mx/webpub/tramites/Tramite/todos
RESPONSABLE DE RESOLVER
Ing. Victor Hugo Delgado Sanchez
COSTO LUGAR DE PAGO FORMAS DE PAGO
Variable Recaudación de Rentas Municipal
Efectivo,Tarjeta de débito,Tarjeta de crédito
DETALLES DEL COSTO

Se calculara el costo del tramite conforme a los metros cuadrados del negocio segun corresponda en la Ley de Ingresos del año en vigor a realizar el tramite de cada una de las dependencias que otorgaran sus respectivos permisos.

- Direccion de Administracion Urbana.

- Direccion de Proteccion al Ambiente.

- H. Cuerpo de Bomberos.

CRITERIOS PARA RESOLVER

Únicamente califican para este tramite los comercios establecidos en locales ya dictaminados como ¨Comerciales¨, con una superficie de hasta 100 metros cuadrados y que sean clasificados como ¨Giros de bajo riesgo¨.

Es importante que verifique que su giro sea de bajo riesgo, el cual puede verificar en la web oficial del Ayuntamiento en su catálogo de giros de bajo riesgo.

En ningún caso aplicará para establecimientos para venta y/o degustación de bebidas alcohólicas.

Es importante aclarar que el solicitante sea informado que en caso de presentar información falsa o apócrifa procederá la clausura de su establecimiento y le serán aplicadas las sanciones que la reglamentación determine. El Ayuntamiento de Mexicali se reserva el derecho de actuar administrativa y penalmente según corresponda.

MARCO NORMATIVO
  1.  Porgrama de Desarrollo Urbano de Centro de Poblacion 2025.
  2.  Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California.
  3.  Reglamento de Edificaciones para el Municipio de Mexicali.
  4.  Ley de Ingresos para el Municipio de Mexicali 2022.
  5.  Reglamento S.A.R.E. para el Municipio de Mexicali 2022.
AUTORIZACIÓN
Mtro. Arturo Herrera Rangel Mtro. Arturo Herrera Rangel Ing. Victor Hugo Delgado Sánchez
ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ