| Fecha de elaboración | ||
|---|---|---|
| 11 | 8 | 2025 |
| Fecha de actualización | ||
| 1 | 4 | 2026 |
| DEPENDENCIA | DEPARTAMENTO |
|---|---|
| Instituto Municipal de Investigación y Planeación Urbana (IMIP) | Planes y Programas |
| NOMBRE DEL TRÁMITE O SERVICIO | HOMOCLAVE | TIPO |
|---|---|---|
| Revisión y Análisis de Estudio Justificativo de Cambio de Uso de Suelo | RETYS-IMIP-5 | Trámite |
| TIEMPO DE RESPUESTA | VIGENCIA | FICTA |
|---|---|---|
| 20 días | 12 Meses | N/A |
| MODALIDAD | CANALES DE ATENCIÓN |
|---|---|
1.- Por análisis de predios que no correspondan a desarrollos urbanos habitacionales, comerciales, industriales, mixtos y equipamiento urbano, de 20,000 m² o más, en relación a su ubicación: a) Dentro del límite de expansión del área urbana. b) Fuera del límite de expansión del área urbana. c) Dentro del límite de expansión urbana para plantas, estaciones y subestaciones de energía, hidrocarburos, manejo de residuos peligrosos y otros usos especiales. d) Dentro del límite de expansión urbana para plantas, estaciones y subestaciones de energía, hidrocarburos, manejo de residuos peligrosos y otros usos especiales. 2.- Por análisis de desarrollos urbanos habitacionales, comerciales, industriales, mixtos y equipamiento urbano, de 20,000 m² o más, para su cambio de uso de suelo. |
Presencial,Llamada Telefónica,Correo Electrónico |
| TIPO DE USUARIO | ¿QUIÉN PUEDEN REALIZARLO? | DOCUMENTO A OBTENER |
|---|---|---|
| Física y Moral | Interesado,Representante Legal,Tercero con carta de poder | Dictamen de uso de suelo en materia de planeación urbana |
| FORMATO A UTILIZAR | FORMATO |
|---|---|
| Solicitud de revisión y análisis de estudio justificativo de cambio de uso de suelo | http://mexicali.gob.mx/webpub/tramites/media/documents/7191226e-046e-453e-9c67-e224a96497c4.pdf |
| DESCRIPCIÓN |
|---|
El Estudio justificativo de cambio de uso de suelo (ECUS) se solicitará cuando la Factibilidad de uso de suelo derive en el requerimiento de presentar el ECUS, cuando el uso que se solicite se encuentre identificado como Incompatible de acuerdo con la Matriz de Compatibilidad de Usos de Suelo del Programa de Desarrollo Urbano correspondiente; dicho estudio deberá ser revisado y validado por el Instituto Municipal de Investigación y Planeación Urbana de Mexicali (IMIP), y posteriormente aprobabado conforme la Ley de Desarrollo Urbano del Estadode Baja California para en su caso publicación en el Periodico Oficial del Estado; previo a expedición de dictamen, licencia, permiso o autorización. El ECUS deberá ser elaborado de acuerdo a los contenidos que establezca la GUÍA para su elaboración que entregue IMIP en cada caso particular y según la normativa vigente, y por un profesional con carrera afín a temas de desarrollo urbano y planificación urbana, lo cual comprobará presentando adjunto currículum vitae donde además de su experiencia laboral en el tema, conste también su número de cédula profesional de licenciatura y/o posgrado. Una vez validado por IMIP el estudio (en su caso), el solicitante podrá continuar con las posteriores gestiones ante las instancias competentes para los trámites subsecuentes que correspondan, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Baja California. La presentacion del estudio no garantiza el cambio del uso del predio solicitado, y dependerá de su aprobación en la Comisiones correspondientes. |
| ACTIVIDADES PARA REALIZAR EN EL TRÁMITE |
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| REQUISITOS | ORIGINAL | COPIA |
|---|---|---|
| Croquis de localización | 0 | 1 |
| Oficio de ingreso de Estudio para revisión | 1 | 0 |
| Estudio urbano impreso con anexos requeridos | 1 | 0 |
| Comprobante del pago de los derechos correspondientes | 0 | 1 |
| Identificación oficial del solicitante con fotografía | 0 | 1 |
| Identificación oficial del tramitador con fotografía | 0 | 1 |
| Curriculum vitae (indicando obra, cargo y fecha) y copia legible de la cédula profesional del responsable técnico | 0 | 1 |
| PLAZO PARA ENTREGA DE REQUISITOS |
|---|
| 20 (días hábiles) |
| LUGAR | DIRECCIÓN | HORARIO |
|---|---|---|
| INSTITUTO MUNICIPAL DE INVESTIGACIÓN Y PLANEACIÓN URBANA (IMIP) | Avenida Reforma No. 508, Col. Primera Sección, Centro Histórico C.P. 21100 Mexicali, B.C. |
Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00
|
| TELÉFONOS | SITIO DE INTERNET |
|---|---|
|
6865575405 - Recepción
686-558-16-00 Ext. 4060 - RECEPCION |
https://www.mexicali.gob.mx/webpub/tramites/Tramite/todos |
| ¿REQUIERE CITA? | CONTACTO |
|---|---|
| ¿REQUIERE INSPECCIÓN O VERIFICACIÓN? | CONTACTO |
|---|---|
|
Si. |
| RESPONSABLE DE RESOLVER |
|---|
| Arq. Laura Patricia Lopez Fregoso |
| COSTO | LUGAR DE PAGO | FORMAS DE PAGO | PAGO EN LÍNEA |
|---|---|---|---|
| Variable |
Banco HSBC |
Transferencía |
| DETALLES DEL COSTO |
|---|
Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el ejercicio fiscal del 2026 publicada el 30 de diciembre 2025 Servicios que presta el Instituto Municipal de Investigación y Planeación Urbana de Mexicali. Artículo 77. Fracción IV. A solicitud de la Dirección de Admnistración Urbana o a petición del interesado, por análisis de estudio de justificación de cambio de uso de suelo o estudio de integración urbana y emisión de dictamen para predios que no correspondan a los indicados en la fracción V de este articulo, con validez de hasta dos revisiones, se pagará el dictamen: a).- Dentro del límite de expansión del área urbana: 1.- Hasta 400 m²................................................................................................................. 200.00 veces UMA 2.- De 401 m² hasta 15,000 m² .......................................................................................... 400.00 veces UMA 3.- Adicional, cada 1,000 m² ..................................................................................................10.00 veces UMA b).- Fuera del límite de expansión del área urbana: 1.- Hasta 3 hectáreas ........................................................................................................ 600.00 veces UMA 2.- Por cada hectárea o fracción adicional...........................................................................10.08 veces UMA c).- Dentro del límite de expansión urbana para plantas, estaciones y subestaciones de energía, hidrocarburos, manejo de residuos peligrosos y otros usos especiales: 1.- Hasta 400 m² ................................................................................................................ 350.00 veces UMA 2.- De 401 m² hasta 15,000 m²...........................................................................................400.00 veces UMA 3.- Adicional, cada 1,000 m²..................................................................................................10.00 veces UMA d).- Fuera del límite de expansión urbana para plantas, estaciones y subestaciones de energía, hidrocarburos, manejo de residuos peligrosos y otros usos especiales: 1.- Hasta 10 hectáreas ...................................................................................................... 600.00 veces UMA 2.- Por cada hectárea o fracción adicional............................................................................10.00 veces UMA Por revisión adicional se cobrara el 50% del valor del trámite de acuerdo al inciso aplicable. Artículo 77. Fracción V. Por análisis de desarrollos urbanos habitacionales, comerciales, industriales, mixtos y equipamiento urbano, de 20,000 m² o más, con validez de hasta dos revisiones: a) Por análisis de estudio de justificación y emisión de dictamen de cambio de uso del suelo, con validez de hasta dos revisiones, se pagará: 1.- Por cada metro cuadrado de superficie ...................................................................................... 0.010 veces UMA Por revisión adicional se cobrara el 50% del valor del trámite de acuerdo al inciso aplicable. |
| CRITERIOS PARA RESOLVER |
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Guía para elaborar Estudios Justificativos de Cambios de Uso de Suelo, Planes y Programas de Desarrollo Urbano, Leyes, Reglamentos, y Normatividad aplicable. |
| MARCO NORMATIVO |
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 27 y 115 Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el ejercicio fiscal 2026, Artículo 77. Fracción IV, incisos a), b), c) y d), y Fracción V, inciso a). Acuerdo de Creación del IMIP, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, el 16 de agosto 2019 Reglamento Interior del IMIP.- Publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, el 2 de Enero de 2009 Manual de Trámites y Servicios al Público del IMIP; Manual de Procedimientos, IMIP. |
| RECURSOS ADICIONALES |
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FORMATO DE ENTREGA:
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| AUTORIZACIÓN | ||
|---|---|---|
| Arq. Laura Patricia López Fregoso. Jefa del Depto. de Planes y Programas | LAP. José Humberto Rentería Cervantes. Coordinador Financiero y Administrativo | Mtra. Arq. Silvia Leticia Quintero Díaz. Directora General |
| ELABORÓ | REVISÓ | AUTORIZÓ |