Ayuntamiento de Mexicali

Registro de Trámites y Servicios

CLAVE: RETYS-EIP-5
Fecha de elaboración
22 3 2019
Fecha de actualización
9 4 2024
DEPENDENCIA DEPARTAMENTO
INSTITUTO MUNICIPAL DE INVESTIGACIÓN Y PLANEACIÓN URBANA (IMIP) Coordinación Jurídica
NOMBRE DEL TRÁMITE O SERVICIO TIEMPO DE RESPUESTA VIGENCIA
Revisión y Análisis de Planes, Programas y Estudios de Desarrollo Urbano 20 días 12 Meses
TIPO DE USUARIO DOCUMENTO A OBTENER
Física y Moral Oficio de Dictamen de congruencia de Desarrollo Urbano
FORMATO A UTILIZAR FORMATO
http://mexicali.gob.mx/webpub/tramites/media/documents/fc2e9399-dcff-4ec9-99ad-bdb6c926e01e.pdf
DESCRIPCIÓN

El Ciudadano y los Organismos Públicos o Privados, acuden a las oficinas del IMIP para solicitar asesorías y dictámenes, sobre los usos del suelo que establecen los Planes y Programas de Desarrollo Urbano, que le permitan tomar decisiones para llevar a cabo proyectos, obras o acciones de urbanización en una área o predio determinado, donde se requiera ampliar, modificar los Planes o Programas de Desarrollo Urbano vigentes o elaborar Programas o Estudios de Desarrollo Urbano, ya sea por necesidades propias o por exigencia de las autoridades competentes.

ACTIVIDADES PARA REALIZAR EN EL TRÁMITE

1. El solicitante acude al IMIP a pedir información sobre el trámite o la actividad que desea realizar, se le atiende e informa sobre la documentación que deberá presentar.

2. Presenta solicitud por escrito sobre la propuesta que pretende desarrollar, anexando la información y documentación requerida, misma que se sella de recibido.

3. El IMIP proporciona por Oficio al solicitante, los “Términos de referencia” (Contenido, Estructura, Alcances, y Programa de Actividades Calendarizado), del Estudio a desarrollar, conforme a la Metodología a aplicar.

4. El solicitante presenta avances de los trabajos desarrollados, conforme a los Términos de Referencia

5. El IMIP entrega al solicitante el Recibo para el pago correspondiente.

6. El solicitante entrega al IMIP el comprobante del pago

7. El solicitante realiza 3 presentaciones y entregas de avances del documento, conforme al calendario de Programación de actividades.

8. De cada presentación y entrega de avances del documento, el IMIP elabora un dictamen con las observaciones y correcciones, mismo que entrega al solicitante

9. El solicitante realiza las correcciones y modificaciones al documento, y presenta al IMIP el documento corregido.

10. El solicitante entrega al IMIP el documento final, previa presentación del mismo, para su revisión.

11. El IMIP recibe y revisa el documento, y en su caso lo valida como documento completo conforme a la normatividad y metodología aplicada, y lo envía a la Dirección de Administración Urbana para que inicie el Proceso Jurídico de consulta, aprobación, publicación en el Periódico Oficial, de conformidad con la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California.

REQUISITOS ORIGINAL COPIA
- Solicitud por escrito dirigida al Director General. 1 0
- Solicitud por oficio si es institución gubernamental o educativa, con datos del solicitante (nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico); especificar el tipo de servicio requerido; justificar la necesidad del mismo o el uso que se le dará; dirigido al Director General del IMIP. 1 0
- Comprobante de pago del servicio solicitado. 0 1
DOMICILIO HORARIO DE ATENCIÓN
AV. REFORMA NO. 508 SECCIÓN PRIMERA, CENTRO HISTORICO, 21100 MEXICALI B.C. TELEFONO: 686 557 5405 / (686) 556 0161 / (686) 558 1600 ext. 4060
Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00
TELÉFONOS SITIO DE INTERNET
686 557-5405
https://www.mexicali.gob.mx/webpub/tramites/Tramite/todos
RESPONSABLE DE RESOLVER
Arq. Ramón Ramsés Romero Araiza Director General
COSTO LUGAR DE PAGO FORMAS DE PAGO
Variable Oficinas del IMIP
Institución Bancaria HSBC
Transferencía
DETALLES DEL COSTO

Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el ejercicio fiscal del 2024, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, el 22 de diciembre de 2023. 02 Servicios que presta el Instituto Municipal de Investigación y Planeación Urbana de Mexicali.

Artículo 76. Fracción VIII- Por revisión y análisis de Planes, Programas y Estudios de Desarrollo Urbano, con validez de hasta dos revisiones:

a) Hasta 1,000 hectáreas del área de estudio, por hectárea ................ 2.52 UMAS.

b) Por hectárea adicional y fracción del área de estudio ....................... 0.63 UMAS.

Por revisión adicional se cobrará el 50% del valor del trámite de acuerdo al inciso aplicable.

CRITERIOS PARA RESOLVER

Manuales y Metodologías para elaborar Planes y Programas y Estudios de Desarrollo Urbano, Legislación y Normatividad aplicable

 

MARCO NORMATIVO

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 27 y 115;

Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano;

Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California;

Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el ejercicio fiscal 2024, Artículo 76, Fracción VIII;

Acuerdo de Creación del IMIP, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, el 02 de Enero de 2004;

Reglamento Interior del IMIP.- Publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, el 02 de Enero de 2009;

Manual de Trámites y Servicios al Público del IMIP;

Manual de Procedimientos, IMIP.

AUTORIZACIÓN
Lic. Cinthya Edith Arce Almada Coordinadora Jurídica LAP. J. Humberto Rentería Cervantes Coordinador Financiero y Administrativo Arq. Ramón Ramsés Romero Araiza Director General
ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ