- Nombre del trámite:
- Congelado de cruces peatonales, zonas comerciales y escuelas privadas
- Dependencia:
- DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS
- Tiempo de respuesta:
- 15 días hábiles
- Vigencia:
- 6 Meses
Descripción
El Departamento de Mantenimiento de Vialidades por medio de la Dirección de Obras Públicas, otorgara al solicitante el documento en Oficio de Autorización de aplicación de Señalamiento Horizontal (pintura). Trámite que a su vez tiene como objetivo la aplicación de pintura en cruces peatonales, cordones y lineales en pavimento.
Tipo de usuario
Documento a obtener
Requisitos
1.- Congelado de cruces peatonales, zonas comerciales y escuelas privadas (F-MV-02 )
2.-Análisis de Factibilidad por parte del Departamento de Ingeniería de Tránsito
Actividades para realizar el trámite
1. El Ciudadano o representante legal de la empresa deberá presentarse ante la Dirección de Obras Públicas Municipales en el Departamento de Mantenimiento de Vialidades, para realizar el llenado del formato F-MV-02, Incluyendo el análisis de factibilidad por parte del Departamento de Ingeniería de Tránsito y se agenda fecha para realizar una inspección.
2. El solicitante estará en comunicación los días posteriores para saber en qué condiciones o estatus va su trámite.
3. Si es factible el solicitante regresara al departamento de Mantenimeinto de Vidalidades a recoger la boleta de pago para que realice el pago correspondiente.
4.Se hará entrega de pago correspondiente y nuevamente estará en comunicación para recoger el documento que acredite el servicio que realizara.
Teniendo un periodo de vigencia 6 meses a partir de la fecha de despachado.
Costo
Por la aplicación de pintura reflejante a solicitud de giros comerciales y escuelas privadas, tarifa:
a).- En cruces peatonales.
Unidad de medida: metros cuadrados 1.58 Veces (UMA).
b).- Cordones:
Unidad de medida: metros lineales 1.05 Veces (UMA).
c).- En líneas de pavimento:
Unidad de medida: metros lineales 0.16 veces (UMA)
Lugar de Pago
Formas de Pago
Criterios para resolver
Marco Normativo
1.- Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el Ejercicio Fiscal Vigente
Art. 53 Fracc. IV, Incisos a), b), c).