- Nombre del trámite:
- Cambio de Propietario
- Dependencia:
- SISTEMA MUNICIPAL DE TRANSPORTE
- Tiempo de respuesta:
- 1 días hábiles
- Vigencia:
- Por única vez
Descripción
Actualizar la base de datos de los vehículos en posesión o en propiedad de personas físicas o morales, en cumplimiento a las disposiciones legales vigentes.
Tipo de usuario
Documento a obtener
Donde acudir
Lugar | Dirección | Teléfono | Horario |
---|---|---|---|
Sistema Municipal del Transporte | Calzada Manuel Gomez Morin #970 Colonia Ignacio Allende C.P 21390 | Teléfono #1 Teléfono #3 |
Lunes - Viernes de 08:00 a 15:00
Sábado - Sábado de 09:00 a 13:00
|
Requisitos
1.- Tarjeta de circulación.
2.- permiso ó concesión vigente
3.- Factura de la unidad
4.- Cesión de derechos o contrato de compra-venta
5.- Identificación oficial con fotografía del vendedor
6.- Licencia vigente del comprador del vehículo
7.- Póliza de seguro (El seguro de responsabilidad civil a que se refiere este ordenamiento, debe amparar por lo menos, en concepto de daños a terceros en su persona y en sus bienes, el monto de 4,350 veces el salario mínimo general vigente en el Estado)
8.- Recibo de no adeudo (expedido por la caja auxiliar de Recaudación de Rentas Municipales, en caso de no tener infracciones)
Actividades para realizar el trámite
1.- Presentarse en las Oficinas del Sistema Municipal del Transporte con los requisitos, solicitados.
2.-Una vez cotejada la documentación ante el Sistema Municipal del Transporte, se le solicita al interesado pasar a caja auxiliar de la Dirección de Ingresos del Estado.
3.- Obtener recibo de no adeudo ante Recaudación de Rentas Municipal o Cajas Auxiliares.
Costo
Sistema Municipal del Transporte, revisa documentación requerida, sin embargo No se requiere pago de Derechos Municipales,
El Pago se realiza en la Caja Auxiliar del Estado el costo es variable segun línea , modelo y versión (Ejercicio Fiscal 2019).
Lugar de Pago
Formas de Pago
Criterios para resolver
Presentar la documentación completa y vigente
Marco Normativo
1.- Ley que regula los servicios de Control Vehicular en el Estado de Baja California, Articulo 9
2.- Ley de Ingresos del Estado de Baja California.