- Nombre del trámite:
- Asignación de Clave Catastral Individual
- Dependencia:
- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN URBANA
- Tiempo de respuesta:
- 4 días hábiles
- Vigencia:
- Por única vez
Descripción
Cada predio deberá estar identificado de forma única con una clave catastral y ésta será asignada en base a: la delegación, colonia, número de manzana y número de predio y para el caso de condominios se agrega el edificio y la unidad, por lo que una vez analizada la documentación presentada por el usuario, el Departamento de Catastro asignará la Clave Catastral que le corresponda y llevará a cabo el registro del predio con sus atributos cualitativos y cuantitativos relativos a la identificación física, jurídica, económica y fiscal del mismo, así como su representación cartográfica.
Tipo de usuario
Documento a obtener
Donde acudir
Lugar | Dirección | Teléfono | Horario |
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Departamento de Catastro - DAU (Planta Baja del Palacio Municipal) | Calzada Independencia #998, Centro Cívico y Comercial Mexicali, Mexicali, Baja California C.P. 21000 |
Departamento de Catastro (Mostrador)
(686) 5581600 1933
Departamento de Catastro (Jefatura)
(686) 5581600 1753
Departamento de Catastro (Coordinación de Topografía)
(686) 5581600 1671
Departamento de Catastro (Coordinación de Registro Inmobiliario)
(686) 5581600 1614
Departamento de Catastro (Coordinación de Cartografía)
(686) 5581600 1895
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Lunes - Viernes de 08:00 a 17:00
Sábado - Sábado de 09:00 a 13:00
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Requisitos
- Documento que acredite la propiedad
- Deslinde o levantamiento certificado
- Identificación del propietario o poseedor o su representante legal debidamente acreditado
- Copia de la representación legal
- Identificación del tramitador
Actividades para realizar el trámite
- Cumplir con los requisitos solicitados
- Pagar los derechos correspondientes
- Monitorear el estatus de su trámite
Costo
Dentro de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California vigente en el Artículo 47, Numeral B, Fracción III, Asignación de Clave Catastral Individual, se indica el costo en veces la Unidad de Medida y Actualización ( UMA ) en base a la ubicación del predio, obteniendo con esto el costo del trámite.
Lugar de Pago
Formas de Pago
Criterios para resolver
- Si se trata de un predio producto de una modificación de predios, se presentará el deslinde certificado de la modificación de predios, el oficio expedido por el Departamento de Fraccionamientos autorizando la modificación y copia de la inscripción de dicha modificación en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
- Si se trata de predios de colonias regularizadas por alguna dependencia gubernamental, deberá de presentar el titutlo expedido por dicha dependencia o el contrato de compra venta
- Si se trata de un predio de origen ejidal que pasó a dominio pleno, deberá de presentar copia del título expedido por el Registro Agrario Nacional y copia de la inscripción del mismo en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
- Si se trata de un predio agrícola que nunca ha sido registrado, se deberá entregar copia del Deslinde o Levantamiento Topográfico debidamente certificado, copia del título de propiedad correspondiente, inscripción del mismo en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
Marco Normativo
- Ley del Catastro Inmobiliario del Estado de Baja California, Artículo 12.
- Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, Artículos 8,10 y 47
- Reglamento de Catastro Inmobiliario del Municipio de Mexicali, Baja California, Artículo 5 y 39.
- Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Mexicali, Baja California, Artículo 137.