(686) 558.1600 Av. Independencia 998, Centro Cívico C.P. 21000
Homoclave:
RETYS-DSA-29
Nombre:
Revisión para la autorización del Programa Interno de Protección Civil
Tipo:
Trámite
Dependencia:
Secretaría del Ayuntamiento
Tiempo de respuesta:
10 días hábiles
Ficta:
N/A
Vigencia:
12 Meses
Descripción

La revisión y validación del Programa Interno de Protección Civil, garantiza que las Dependencias, Entidades, Instituciones u Organismos del sector público, privado y social den cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Protección Civil y sus normas mexicanas, ya que este documento es obligatorio en nuestro país.

Modalidad
Presencial
Tipo de usuario
Moral
¿Quién puede realizarlo?
Interesado,Representante Legal,Tercero con carta de poder
Documento a obtener
Validación del Programa Interno de Protección Civil
Canales de Atención
Presencial
Donde acudir
Lugar Dirección Teléfono Horario
UNIDAD MUNICIPA DE PROTECCIÓN CIVIL COMANDANTE ALFONSO ESQUER 112 COL. INDUSTRIAL CP 21010 UNIDAD MUNICIPAL DE PROTECCION CIVIL Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00
Requisitos
  • Dictamen de seguridad de la instalación eléctrica
  • Planos arquitectónicos (leer especificaciones de cada uno)
  • Solicitud llena de Protección Civil (formato PC-2
  • Pago de derechos
  • Acta constitutiva de la empresa, acompañada de su inscripción al Registro Público de la Propiedad (en caso de Personas Morales)
  • Poder legal de la empresa que acredita realizar el trámite (certificado cotejado)
  • Dictamen de Uso de Suelo (en caso de que aplique) de acuerdo al módulo 3 apartado 3.1 sección 3.1.1.1 de la guía para elaboración y actualización del programa de Protección Civil Estatal
  • Asesor externo o Unidad Interna de Protección Civil (que cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 39 y 40 de la Ley General de Protección Civil que se elabore de acuerdo a la guía técnica para la elaboración e instrumentación del Programa Interno de Protección Civil y/o guía para la elaboración y actualización del programa de Protección Civil Estatal)
  • Carta de corresponsabilidad firmada por ambas partes (cuando aplique)
  • Póliza de seguro de cobertura amplia y responsabilidad civil (vigente)
  • Plan de contingencia autorizado por la Dirección del Heroico Cuerpo de Bomberos (vigente)
  • Certificado de dispositivos de seguridad emitido por la Dirección del Heroico Cuerpo de Bomberos (vigente)
  • Comprobar la capacitación al personal mediante constancias y evidencias fotográficas en temas de primeros auxilios, búsqueda y rescate, evacuación y repliegue, manejo de extintores y combate de fuego
  • Dictamen estructural emitido y avalado por un perito con registro vigente ante la Dirección de Administración Urbana de Mexicali (solo se presentará en casos que apliquen de acuerdo a los supuestos establecidos en el módulo 3 apartado 3.1 sección 3.1.1.3 de la guía para elaboración y actualización del programa de Protección Civil Estatal)
  • Dictamen de seguridad de las instalaciones de gas, emitido por una unidad de verificación autorizada por la Secretaría de Energía (en caso de que aplique)
  • Hojas de datos de seguridad (en caso de que aplique)
  • Bitácoras de mantenimiento de los programas anuales
  • Formatos de simulacros (con fotografías)
Plazo de Entrega
10 (días hábiles)
Actividades para realizar el trámite
  1. Presentar solicitud debidamente llenada mediante el formato “PC-2”.
  2. Se registra la solicitud y se abre un expediente.
  3. Mediante la expedición de una orden de pago, el usuario deberá cubrir los derechos correspondientes señalados en la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para lo que deberá acudir a las cajas de la oficina de Recaudación de Rentas del Ayuntamiento (1er. piso Casa Municipal, Calzada de la Independencia S/N, Colonia Centro Cívico).
  4. Una vez realizado el pago, el usuario deberá entregar la copia del recibo pagado a la Unidad Municipal de Protección Civil, donde a partir de este momento se inicial con el análisis del documento, empezando a correr el termino de 10 días para la respuesta.
  5. Derivado del análisis del documento y la inspección física del lugar, se emiten recomendaciones para que sean subsanadas (en caso de ser necesario), regresando el documento al interesado para su corrección y dando oportunidad para que una vez atendidas y subsanadas, se reingrese nuevamente para su aprobación.
Recursos Adicionales
Costo
Variable

Artículo 53, fracción II, inciso b), de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el ejercicio fiscal del 2025.

II.- Por revisión y autorización de programas específicos en materia de Protección Civil:

b).- Programa interno de Protección Civil:      

1.- Por primera revisión:        

Hasta 120 m²................................ 44.10 veces      

De 121 a 500 m²............................. 73.08 veces      

De 501 a 1,000 m²........................... 146.16 veces      

De 1,001 m² en adelante..................... 291.06 veces      

2.- Por segunda revisión........................ 7.56 veces      

3.- Por tercera revisión........................ 7.56 veces 

El costo expresado corresponde al número de Unidad de Medidas y Actualización vigente de la zona económica a la que pertenece el municipio.

(Exención de Derechos a Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro, como lo establece el Artículo 19 de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el ejercicio fiscal del 2025).

Lugar de Pago
Recaudación de Rentas Municipal.
Formas de Pago
Efectivo,Tarjeta de débito,Tarjeta de crédito,Transferencía,Cheque


Última modificación: 23/ene./2026
Denuncias
Denuncias
Denuncias
Uniendo esfuerzos