Etapas.
Primera etapa de la municipalidad
En septiembre de 1914 el mayor Baltasar Avilés, Jefe Político del Distrito Norte, decretó la Municipalidad de Mexicali y el 4 de noviembre del mismo año, publica en bando solemne el Decreto y convoca a las primera esslecciones para Presidente Municipal. En la consideración correspondiente expone "En atención a que concurren en el pueblo de Mexicali y sus adyacentes las circunstancias prevenidas en la Constitución General de la República y Leyes Municipales vigentes, para que se erija en Municipalidad la Sección mencionada hasta hoy dependiente de esta Cabecera correspondiente a la Municipalidad de Ensenada, esta Jefatura Política en vista de las amplias facultades que tiene conferidas, e inspirada en los principios de progreso que reclama toda Nación culta, que procura su mayor desarrollo, así como también con el objeto de mejorar esa Región bajo todo principio, tanto por las razones primero expuestas que son suficientes para que se dicte la determinación que las Leyes citadas señalan, como también por su situación topográfica, colindancia y acceso a la frontera, de E.U.A." DECRETA: PRIMERO. Se erige en municipalidad, correspondiente a este Distrito Norte de la Baja California, la hasta hoy conocida por Sección MEXICALI. SEGUNDO. Los límites de esta Municipalidad, serán: por el Norte la Línea Internacional de los Estados Unidos, comprendida entre Los Algodones, en el margen derecho del Río Colorado hasta el Monumento No. 230 al Oeste de la misma línea; de este Monumento con rumbo al Sur 12° 30’ E. Una línea que llegue a la intersección del paralelo 32°. N. con el meridiano 116°.  Oeste, de este punto una línea a la cima elevada de la Sierra de San Pedro Mártir, llamada La Encantada con rumbo Sur 25°. E. Dicho punto está en el paralelo 31°. N. siguiendo  este paralelo hasta la orilla en el Golfo de California, de este punto hacia el Norte toda la costa del Golfo de California hasta la desembocadura del Río Colorado, siguiendo todo el margen derecha hasta Los Algodones. TERCERO. Hágase desde luego la convocatoria respectiva para que se verifique la elección, el primer domingo de diciembre próximo a efecto de que los munícipes electos entren en el desempeño de sus funciones el día primero de enero de 1915. CUARTO. El Ayuntamiento de esta nueva Municipalidad se instalará en el ya citado pueblo de Mexicali y este Cuerpo Edilicio creará las Oficinas necesarias de su resorte y formará desde luego su presupuesto de Ingresos y Egresos correspondiente, el que se someterá a la aprobación de esta Jefatura, así como también el Reglamento de Debates del propio Ayuntamiento y todo lo concerniente a las Oficinas de su dependencia. QUINTO. El nombramiento de empleados dependientes de esa Municipalidad, estará sujeto a lo determinado por las Leyes Municipales vigentes en este Distrito. Por tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. CONSTITUCIÓN Y REFORMAS
Ensenada, Baja California, 4 de noviembre de 1914. Baltasar Avilés, Jefe Político.
Ernesto Ferrer, Secretario General.
Primeras elecciones
La convocatoria a elecciones se hizo de acuerdo con la Ley Municipal del 31 de julio de 1861 de la República Mexicana, estableciendo en su artículo primero:- “Por haberse erigido en municipalidad la Sección de Mexicali, según decreto de esta misma fecha, se convoca a sus habitantes a elección directa del 1°., 2°.,3°.,4°.,5°., y 6°. Regidores Propietarios del Ayuntamiento y 4 suplentes y un Síndico Propietario y Suplente”. La convocatoria movilizó a las fuerzas políticas de aquella pequeña población de apenas doce años de vida oficial y de inmediato los vecinos más representativos se registraron como candidatos: Francisco L. Montejano, Antonio Villarino, Juan F. Jaussad, Fernando Vildósola, Manuel Paéz, Carlos Cota, Tomás Rivera y el licenciado Arturo Guajardo. La campaña política duró sólo cuatro domingos, pues eran los únicos días que los candidatos hacían labor de proselitismo, para dedicar toda la semana a sus trabajos normales. El primer domingo de diciembre de 1914 se efectuaron las elecciones y tuvieron lugar en la Sub-Prefectura, de cuyas acciones se levantó el siguiente oficio: "SUB-PREFECTURA POLíTICA, Mexicali, Baja California. En Mexicali, B. Cfa., a los seis días del mes de diciembre de 1914, reunidos los suscritos en el salón de la Sub-Prefectura de este lugar, bajo la presidencia del Sub-Prefecto Político, a efecto de hacer las computaciones de los votos que resultaron para la elección de los ciudadanos que deben formar parte del H. Ayuntamiento de esta municipalidad y registrados minuciosamente los expedientes respectivos de las elecciones en que constan las boletas de escrutinio y actas levantadas, se procedió a hacer la expresada computación, resultando por mayoría absoluta las personas siguientes:  Para Primer Regidor Propietario, C. Francisco L. Montejano; para Segundo Regidor Propietario, C. Tomás Rivera; para Tercer Regidor Propietario, C. José María Castro; Cuarto Regidor Propietario, C. Santiago Barreño; para Quinto Regidor Propietario C. Refugio Lugo; para Sexto Regidor Propietario, C. Carlos Cota; para Sindico Propietario, C.  Profesor Guadalupe Aguilera Martínez; para Regidor Primero Suplente, C. Francisco Bórquez; para Regidor Segundo Suplente, C. Francisco Monreal; para Regidor Tercero Suplente, C. Francisco Flores; para Regidor Cuarto Suplente, C. Diego Ceceña; para Síndico Suplente, C. Manuel Mendoza". Con lo que se dio por concluida la presente, levantándose esta acta para constancia, la que se eleva con los expedientes de referencia, para su revisión y superior conocimiento y aprobación y en cumplimiento del Artículo Tercero de la Ley de Elecciones vigente y a efecto de que la misma superioridad se digne expedir las credenciales correspondientes a cada nombrado, para que entren en posesión de su cargo, firmando los concurrentes.  Edgardo A. Rivera (Sub-Prefecto político), C. Aguilar Martínez, C. Aguilera."
Supresión del municipio
Delegación de Gobierno del Distrito Norte de Baja California de 1929-1953 En el Distrito y Territorios Federales, el Régimen Municipal, fue reprimido con la expedición de la Ley Orgánica del Distrito y de los Territorios Federales, misma que entró en vigor el primero de enero de 1929. El entonces Gobernador del Distrito Norte de la Baja California, General Abelardo L. Rodríguez, ordenó la publicación de dicha Ley en el Periódico Oficial, a efecto de dar a conocer las disposiciones contenidas en la misma a los habitantes del Territorio. La Ley de referencia establecía que los Distritos Norte y Sur de Baja California, así como el Territorio de Quintana Roo, serían divididos en Delegaciones de acuerdo al número de Municipios existentes, respetando la extensión de éstos; así mismo, señalaba que las Delegaciones del Distrito Norte de la Baja California serían las cabeceras de Mexicali, Ensenada y Tijuana. La Ley también establecía que los Gobernadores de los Territorios Federales serían nombrados y removidos libremente por el Presidente de la República a su vez éstos tendrían autoridad en el Territorio para el que hubieren sido nombrados. Cada Delegación estaría a cargo de un Delegado, quien sería nombrado por el propio Gobernador.  A su vez, las demás circunstancias territoriales estarían a cargo de Subdelegados quienes, de igual manera serían designados por los Delegados, contando con la aprobación del Gobernador correspondiente. Esta etapa ha sido la más desconocida de Mexicali, ya que al suprimirse el Municipio Libre a partir del primero de enero de 1929 se manejó desde el Gobierno de Distrito. Resultaba ilógico que siendo Mexicali la Capital del Distrito Norte de Baja California, no tuviera al frente siquiera un delegado, como se manejó Tijuana y Ensenada. En esta situación vivió casi 25 años, manejándose como una dependencia más del Gobierno del Distrito, aunque generalmente se controlaba a través de la Jefatura de Obras Públicas.
Segunda etapa de la municipalidad
El 16 de enero de 1952 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que creaba el Estado Libre y Soberano de Baja California y el 21 de noviembre de 1952 se nombró gobernador provisional al Licenciado Alfonso García González, quien convocó a elecciones para el Congreso Constituyente el 31 de diciembre de 1952, mismas que se efectuaron el 29 de marzo de 1953 resultando electos: Miguel Calette, Licenciado Alejandro Lamadrid, Francisco H. Ruíz, Licenciado Evaristo Bonifaz, Celedonio Apodaca, Aurelio Corrales y Dr. Francisco Dueñas, estos tres últimos de Mexicali quienes terminaron de expedir la Constitución Política del Estado el 15 de agosto de 1953 y el 17 convocaron a elecciones para poderes Constitucionales a efectuarse el domingo 25 de octubre del mismo año. En esas votaciones resultaron electos los diputados de la Primera Legislatura: César Ruiz Moreno, Samuel Ramos Díaz y Armando Fierro Encinas, por Mexicali y su Valle; Felipe Verdugo Amador por Tecate; Genaro Castro y Felipe Carrillo por Tijuana y Dr. Pedro Loyola Luque, por Ensenada y como primer Gobernador Constitucional del Estado, el Lic. Braulio Maldonado Sández, tomando posesión el primero de diciembre de 1953. La primera Legislatura tuvo a su cargo convocar a elecciones para Presidentes Municipales y así se efectuaron votaciones el domingo 7 de febrero de 1954, resultando triunfador Rodolfo Escamilla Soto, por Mexicali.
Fuente: Folleto Autoridades de Mexicali 1954-2004/XVII Ayuntamiento de Mexicali. Archivo Histórico Municipal.

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