- Nombre del trámite:
- Factibilidad para Instalación de Anuncios
- Dependencia:
- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN URBANA
- Tiempo de respuesta:
- 10 días hábiles
- Vigencia:
- Por única vez
Descripción
Visto Bueno que se debe solicitar para iniciar el trámite de autorización de instalación de anuncios.
Tipo de usuario
Documento a obtener
Donde acudir
Lugar | Dirección | Teléfono | Horario |
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Dirección de Administración Urbana | Palacio Municipal 2do. piso, Calz. Independencia No. 998 Centro Cívico Mexicali Baja California 21000 | Teléfono |
Lunes - Viernes de 08:00 a 15:00
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Requisitos
1.- Deslinde Catastral Actualizado.
2.- Proyecto de la Estructura o Anuncio (con sus dimensiones y ubicación dentro del predio).
3.- 2 Fotografías actuales del predio y propuesta del anuncio (en fotomontaje).
Nota: En caso de solicitar el tramite presencial, deberá ingresar copias de la documentación.
Actividades para realizar el trámite
1.- Llenar la solicitud de Imagen Urbana (Formato A).
2.- Presentar o enviar la solicitud y los documentos que se requieren (En caso de requerir apoyo para el llenado de la solicitud y la carga de los documentos puede usted acudir a la Dirección de Administración Urbana para recibir el apoyo y la orientación).
3.- La Dirección de Administración Urbana analizará la información de la solicitud y documentos para generar el recibo de pago.
4.- Deberá efectuar su pago en línea o en las oficinas de Recaudación de Rentas Municipal.
5.- El recibo pagado deberá adjuntarlo en línea para proceder con su trámite o bien, entregarlo en las oficinas de la Dirección de Administración Urbana.
Costo
Dentro de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali Baja California, para el ejercicio fiscal del 2022 en el Art. 38 Fraccion V (página 95) encontrará el concepto de Factibilidad para anuncios, en esta le indica la cantidad de UMA que debe multiplicar por su valor ($84.49), obteniendo el costo total del trámite.
veces UMA x $96.22
Lugar de Pago
Formas de Pago
Criterios para resolver
Analizar la ubicación, aspecto e impacto que tendrá la estructura a instalar siempre y cuando se apegue al Marco Normativo Vigente.
Marco Normativo
-Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Baja California -Ley de Edificaciones del Estado de Baja California -Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California -Reglamento de Edificaciones para el Municipio de Mexicali -Reglamento de Imagen Urbana para el Municipio de Mexicali -Reglamento para la prevención de Contaminación Lumínica para el Municipio de Mexicali -Normas Técnicas Complementarias de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California.