TÍTULO Personal contratado por honorarios
NOMBRE CORTO LTAIPEBC-81-F-XI
DESCRIPCIÓN Los sujetos obligados publicarán información de las personas contratadas bajo el régimen de servicios profesionales por honorarios y servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios; entendiéndose éstos como los servicios que se contratan y/o prestan a cambio de una retribución por ellos.
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Tipo de contratación (catálogo) Partida presupuestal de los recursos Nombre(s) de la persona contratada Primer apellido de la persona contratada Segundo apellido de la persona contratada Número de contrato Hipervínculo al contrato Fecha de inicio del contrato Fecha de término del contrato Servicios contratados Remuneración mensual bruta o contraprestación Monto total a pagar Prestaciones, en su caso Hipervínculo a la normatividad que regula la celebración de contratos de honorarios Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2023 01/01/2023 31/03/2023 Departamento de Administración y Finanzas 14/04/2023 14/04/2023 Dentro del Primer Trimestre del ejercicio 2023, no se cuenta con personal contratado por honorarios.
2023 01/01/2023 31/03/2023 Coordinación de comercialización 17/04/2023 17/04/2023 Dentro del primer trimestre del ejercicio 2023, en la coordinación de comercialización no se requirió la contratación de personas contratadas bajo el régimen de servicios profesionales por honorarios y servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios.
2023 01/01/2023 31/03/2023 Departamento Jurídico 24/04/2023 24/04/2023 Al cierre del primer trimestre del ejercicio 2023, dentro del Departamento Jurídico, No se ha realizado la contratación de servicios profesionales por honorarios, debido a que no se han requerido.
2023 01/01/2023 31/03/2023 Departamento Técnico 14/04/2023 14/04/2023 Al termino del primer trimestre del ejercicio 2023, en el Departamento Técnico del FIDUM, no fue necesaria la contratación de personal contratado bajo el régimen de honorarios de ninguna índole.
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